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El Gobierno nacional oficializó este lunes la intervención de las sociedades del Estado Educ.Ar, Télam, Radio y Televisión Argentina (RTA) y Contenidos Públicos por el plazo de un año, período que podrá ser prorrogado por única vez por decisión de la Jefatura de Gabinete. Las intervenciones están en línea con el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/2023 que declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2025.
Las intervenciones fueron confirmadas en el decreto 117/2024 que fue publicado en el Boletín Oficial. De esta manera, el abogado Diego Martín Chaher fue designado interventor de RTA y, con carácter ad-honorem, de Télam, Contenidos Públicos y del portal Educ.Ar. Asimismo, la norma consigna el nombramiento de Sebastián Marías como interventor adjunto de Radio y Televisión Argentina y, con carácter ad-honorem, de Télam, de Contenidos Públicos y de Educ.Ar.
Chaher fue administrador del Grupo América por casi dos décadas, mientras que Marías ejerció como exlegislador porteño de Pro y miembro del Consejo de la Magistratura.
Cuáles son las funciones de los interventores de los medios públicos
En el ejercicio de sus cargos, "el interventor y el interventor adjunto tendrán, en forma conjunta, las facultades que los respectivos estatutos de las empresas intervenidas confieren al Directorio y a su presidente", según se sostiene en el articulado de la norma. Los interventores deberán "elaborar un plan de reformulación, readecuación y acción para las sociedades, el cual deberá ser puesto a consideración del Poder Ejecutivo".
Además deberán "evaluar, modificar el Estatuto para el Personal del organismo y aprobar uno nuevo", así como propiciar cambios "en el régimen de administración de fondos, ampliando o reduciendo las partidas presupuestarias o aprobar uno nuevo". Además, podrán modificar "el Reglamento de Contrataciones de obras, bienes y servicios del organismo y cambiar "la denominación de los organismos, previa conformidad del Ejecutivo.
Las nuevas autoridades de los medios públicos también estarán en condiciones de "modificar la estructura orgánica y funcional, los organigramas correspondientes y los Regímenes Profesionales del Personal contratado, de planta permanente y de gabinete y/o aprobar una nueva", según se establece en el articulado de la norma. Podrán "revisar la administración de compras y contrataciones" y "disponer una auditoría integral sobre el estado de las instalaciones, bienes que se recepcionan y estado de los mismos".
Deberán "presentar la rendición de cuentas; operar y mantener las sociedades, de modo de optimizar la gestión administrativa con miras a tornar sustentable dichas empresas y designar y remover a funcionarios y personal de cada una de las sociedades mencionadas".
El decreto determina que tanto el interventor como el interventor adjunto puedan "vincularse a otros aspectos regulatorios, a acciones de auditoría y sanciones, a aspectos económico-financieros y a la protección de los derechos de los usuarios".
En caso de detectarse alguna anomalía, "deberán informar con precisión su significatividad económica y el impacto que ocasiona o ha ocasionado sobre la gestión, aportándose la totalidad de la información o documentos de trabajo respectivos y asesorando sobre las acciones y medidas que corresponda adoptar".
En el articulado se fija que "el interventor tendrá en forma exclusiva facultades de representación de las sociedades", y que el jefe de Gabinete, Nicolás Posse, "dispondrá los ajustes necesarios en el Presupuesto de la Administración Pública Nacional a efectos de atender los requerimientos que surjan como consecuencia del presente acto". Asimismo, se faculta a la Jefatura de Gabinete o al organismo que esta dependencia de Gobierno determine "a dictar las normas complementarias y aclaratorias que resulten necesarias para la implementación del presente".
Los fundamentos de la intervención de los medios públicos
En los fundamentos de esta normativa, se recuerda que esta decisión está en línea con el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/2023 que declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2025. La citada norma "tuvo en consideración que, a los fines de una mayor eficiencia en el funcionamiento del sector público, resulta necesario efectuar una profunda reorganización de las empresas públicas".
Y que mediante ese DNU se derogó la ley 20.705 y "se dispuso la transformación de las Sociedades o Empresas con participación del Estado en Sociedades Anónimas, acordes al régimen de la Ley General de Sociedades", se subraya en los fundamentos. El decreto lleva las firmas del presidente Javier Milei y del ministro del Interior, Guillermo Francos.
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