El personal de Casas Particulares registrado, con aportes inferiores a las 16 horas semanales, podrá jubilarse, tener la cobertura por invalidez y fallecimiento, sin necesidad de hacer aportes adicionales o voluntarios como debían hacer hasta ahora, de acuerdo al DNU 90/2023 de febrero pasado que fijó el 1 de junio para la entrada en vigencia de este beneficio.
El miércoles
Por A A prensa 6