Tránsito podrá destruir los caños de escape “libres” por contaminación sonora

La Municipalidad tomó nuevas medidas contra el ruido excesivo de vehículos e introdujo multas más severas en la Ordenanza.

Salta 19 de febrero de 2024 A2 Prensa A2 Prensa
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La Municipalidad firmó la Ordenanza Referendum N°16200, por los altos niveles de ruido generados por vehículos con escape libre y otros sistemas modificados que transitan por la ciudad. Esta medida, “que busca mitigar la contaminación sonora y preservar la tranquilidad de los vecinos” introdujo modificaciones en la normativa vigente.

La ordenanza, basada en la ley 24.449 y su decreto reglamentario, prohíbe la circulación de vehículos que emitan gases, humos, ruidos u otras emanaciones contaminantes del ambiente, específicamente, a la modificación de caños de escape, la ausencia o deficiencia de silenciadores, y la utilización de sistemas expansivos, los cuales generan ruidos molestos y perturbadores. 

El artículo 90 del Anexo II de la Ordenanza Nº 14.395 fue modificado para incluir estas disposiciones, estableciendo sanciones más severas para quienes infrinjan esta normativa. El Juez de Faltas Municipal podrá disponer el decomiso del caño de escape y su posterior destrucción, en un acto público supervisado por la autoridad de aplicación.

Asimismo, se realizaron modificaciones en el Anexo IV de la misma Ordenanza, estableciendo multas económicas proporcionales a la gravedad de la infracción. Estas sanciones van desde los 200 a los 500, sin opción de pago voluntario, para quienes circulen con vehículos que emitan ruidos excesivos o tengan el escape adulterado.

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