Una nueva cautelar suspendió otra parte del DNU

La Justicia Civil de Misiones otorgó una medida cautelar contra el DNU de Milei y suspendió los efectos de una parte específica del decreto. Se trata de la referida a la quita de facultades del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM).

Politica 13 de enero de 2024 A2 Prensa A2 Prensa
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El juzgado Civil y Comercial número 8, a cargo de Adriana Fiori, le dio lugar a un reclamo efectuado por asociaciones de productores yerbateros, que se oponían a la desregulación de la cadena.

En concreto, el pedido se centraba en que "no se modifiquen ni alteren la estructura, funciones y atribuciones del Instituto Nacional de la Yerba Mate".

"Avocarme al conocimiento de la medida cautelar solicitada a fin de garantizar el efectivo derecho a la salud integral del grupo vulnerable constituido por los pequeños productores yerbateros y, en consecuencia, ordenar la inmediata suspensión de lo dispuesto en el Capítulo I-Instituto Nacional de la Yerba Mate (Ley N° 25.564) -arts. 164 al 168- del DNU 70/2023 y de toda normativa o acto dictado en su cumplimiento específicamente", indica el texto del fallo. 

"A fin de que no se modifiquen ni alteren la estructura, funciones y atribuciones del Instituto Nacional de la Yerba Mate de conformidad con el texto original de la Ley N° 25.564, hasta tanto se dicte sentencia respecto del fondo", agrega.

Puntualmente el reclamo lo iniciaron ocho entidades productoras, y acompañado por una veintena de productores. Se trata de APAM (Asociación de Productores Agropecuarios de Misiones), UDAM (Unión de Agricultores de Misiones), ACPYN (Asociación Civil de Productores Yerbateros del Norte), Asociación Chimiray, Asociación de los Yerbatero del Alto Uruguay, Casa de la Familia Yerbatera, CAYA (Centro Agrario Yerbatero Argentino) y AAGyFSur (Asociación Civil Agrícola, Ganadera y Forestal de la Zona Sur).

Junto con ello, la jueza se inhibió y remitió al Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Posadas de conformidad con lo dispuesto por el art. 2 inc. 2) de la ley 26.854. Por lo que el expediente recaerá ante la autoridad de feria.

Concretamente, la Fiscalía de Estado de Misiones había presentado una medida cautelar de no innovar con la finalidad de que el Estado Nacional "se abstenga de aplicar en su texto integral el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023 y, en especial, que se abstenga y/o cese de aplicar, emitir, realizar, resolver y/o ejecutar toda norma o acto que derive de su vigencia o que fuere dictado en su cumplimiento, en relación a las modificaciones introducidas al texto de la Ley N° 25.564 de creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate conforme lo dispuesto en los artículos 164, 165, 166, 167 y 168 del citado DNU". 

Según el planteo de la provincia, la nueva regulación dejaba al organismo sin el manejo de recursos y le impedía fijar precios.

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