Caso Lucio Dupuy: Penas a prisión perpetua y la madre fue condenada por abuso sexual

La Justicia de La Pampa agravó la situación de Magdalena Espósito Valenti, acusada del horrendo crimen junto a su ex pareja, Abigail Páez.

Judicial26 de septiembre de 2023A2 PrensaA2 Prensa
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El Tribunal de Impugnación Penal (TIP) confirmó hoy las penas de prisión perpetua para Magdalena Espósito Valenti y su novia Abigail Páez por el crimen de Lucio Dupuy, en Santa Rosa La Pampa.

La Sala A, conformada por la jueza María Eugenia Schijvarger y el juez Mauricio Piombi, acompañados por la secretaria María Elena Grégoire, aceptó todos los planteos de la fiscalía, admitió parcialmente los de la querella y rechazó los cuestionamientos de las defensas de las imputadas, detallaron fuentes judiciales.

La Audiencia de Juicio había hallado culpable a Espósito Valenti, mamá de la víctima, de homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento; y a Páez de homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento, en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal, ejecutado con un objeto fálico; agravado por tratarse de la guardadora y por haberse cometido contra un menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente, como delito continuado.

lucio-dupuy-1277293Hoy comienza el juicio por el crimen de Lucio Dupuy

Asimismo, el Tribunal había absuelto a Espósito Valenti de la acusación de abuso sexual agravado por aplicación del artículo 6 del Código Procesal Penal de La Pampa; es decir, por el beneficio de la duda.

En este contexto, ahora, el TIP calificó la conducta de la progenitora como autora del delito de homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento; en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de realización, con acceso carnal vía anal con un objeto fálico; agravado por haber sido cometido por la ascendiente, con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años; todo como delito continuado. En el caso de Páez mantuvo la misma calificación, con el agregado del abuso gravemente ultrajante.

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