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Un hombre fue condenado ayer a prisión perpetua por el crimen de un taxista de 52 años, asesinado a golpes en julio de 2019 por el conductor de una camioneta con el que tuvo una discusión de tránsito en la localidad bonaerense de Ensenada, informaron fuentes judiciales.
El fallo del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 de La Plata recayó sobre Esteban Oscar González Zablocki (31) por el delito de “homicidio agravado por alevosía” en perjuicio de Jorge Alberto Gómez.
La sentencia de los jueces Hernán Javier Decastelli, Ramiro Fernández Lorenzo y Cecilia Inés Sanucci dio por probado que el hecho ocurrió el 10 de julio de 2019, aproximadamente a las 6, en la intersección de las calles 125 y 50 de la ciudad de Ensenada.
Allí, González Zablocki mantuvo una “breve discusión de tránsito, y actuando sobre seguro por su clara superioridad física respecto a su contrincante” agredió a la víctima de “forma intempestiva para luego derribarlo”.
“Una vez que lo tenía sometido sobre el asfalto, golpearlo ferozmente de forma reiterada, rauda, sistemática y violenta en su cabeza, dándole entre ocho y nueve golpes de puño, para posteriormente incorporarse, patearlo en la zona del tórax y retirarse del lugar en su camioneta Volkswagen Amarok blanca”, sostuvo en su voto el juez Decastelli, al que adhirieron sus colegas.
Los magistrados determinaron que “a consecuencia de esa golpiza Jorge Alberto Gómez falleció dos días después atento la hemorragia severa a nivel encefálico que le causó la fractura del cráneo proveniente de ese trauma”.
El episodio quedó grabado por las cámaras de seguridad municipales y en esas imágenes se pudo observar que Gómez mantuvo una discusión de tránsito con González, quien detuvo su marcha unos metros más adelante, descendió del rodado y lo golpeó varias veces en la cabeza y el cuerpo.
El TOC 1 descartó la hipótesis de la defensa respecto de que su cliente no tuvo un dolo homicida y de que en las imágenes se observó “un claro desistimiento” del accionar “pues el autor se levanta y se va como también la víctima se levanta y se va”.
“No comparto esa postura. La imputación a título doloso surge de la entidad del riesgo creado con los múltiples golpes proferidos a la víctima. Resulta evidente que González Zablocki sabía lo que hacía, encontrándose de este modo objetivada la intención atribuida por la fiscalía”, resaltó el Tribunal.
Para Decastelli, “la secuencia que logra visualizarse de los videos de las cámaras de seguridad dan cuenta que el autor conocía, aceptaba y quería matar a su oponente porque la ferocidad, cantidad y modalidad de golpes dados a Gómez impedían un resultado distinto al que finalmente sucedió”.
“El elemento cognitivo estaba presente, era imposible pensar que con la cantidad de ‘mazazos’ no podía causar la muerte. El riesgo fue introducido por los golpes que González Zablocki le propinó en la cabeza a la víctima y ese resultado causado por el agente se puede imputar en el tipo objetivo si el autor creo con su conducta ese riesgo y ese riesgo se materializó en el resultado. No queda duda, fue un accionar doloso”, aseguró.
Según el juez, “ese dolo de matar quedó claramente expresado en los indicios emergentes del modo en que el imputado emprendió su ataque dando feroces golpes con sus puños en una zona vital y sensible del organismo humano como es la cabeza contra el pavimento, realizando este accionar repetidamente”.
La autopsia determinó que Gómez sufrió “hematoma intraparenquimatoso izquierdo; fractura de hueso temporal izquierdo; fractura de base del cráneo grave”.
“Entiendo que los feroces golpes recibidos por la víctima en su cabeza en manos del aquí imputado determinaron un cuadro de graves lesiones cuya progresividad devino en irreversible para su vida”, afirmó el juez.
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