
Debido que el voto es obligatorio para un grupo etario, de no justificar la ausencia, los comprendidos podrían ser sancionados con multas e ingreso al Registro de Infractores.
Se hizo lugar a los recursos del Ministerio Público Fiscal y de la querella particular.
07 de mayo de 2025La Sala IV del Tribunal de Impugnación rechazó el recurso de casación presentado por la defensa de la oficial de policía Gimena Antonia Núñez y, en cambio, hizo lugar a los recursos del Ministerio Público Fiscal y de la querella particular. Volviendo para un juicio.
En consecuencia, revocó la absolución de Núñez por el delito de encubrimiento agravado, ordenando que se dicte un nuevo fallo acorde al derecho sobre este punto.
Anteriormente, Núñez había sido condenada por el delito de falso testimonio, recibiendo una pena de dos años de prisión condicional y cuatro años de inhabilitación especial. Sin embargo, había sido absuelta del delito de encubrimiento agravado con base en el principio de duda razonable.
En su apelación, el Ministerio Público Fiscal argumentó que, durante su participación en la investigación por la muerte de Cintia Fernández, Núñez mostró una clara “actitud corporativa” para proteger al entonces sospechoso y posterior condenado Mario Condorí. La querella añadió que Núñez ocultó su vínculo personal con Condorí, lo cual debía haberse considerado al evaluar su imparcialidad y capacidad para investigar. La defensa, por su parte, señaló supuestos errores jurídicos en la sentencia. Núñez había intervenido desde el inicio de la investigación tras el hallazgo del cuerpo de Fernández, el 3 de mayo de 2011. Sus informes iniciales promovieron hipótesis que beneficiaban a Condorí, incluyendo una temprana y no fundamentada teoría de suicidio.
El Tribunal destacó que el fallo original no valoró adecuadamente la totalidad de la prueba ni la conducta de la imputada. Señaló algunas deficiencias como: contaminación de la escena del crimen; falta de recolección de pruebas clave (ropa masculina, mate, documentos sobre trata), se omitieron el secuestro de teléfonos móviles de Condorí, además de la ausencia de mensajes atribuidos falsamente a la madre de la víctima; obstaculización a la defensa al exigir sellos profesionales para permitir el ingreso de abogados; custodia irregular de pruebas clave, como las zapatillas con restos putrefactos de la víctima que permanecieron en el despacho de Núñez.
El Tribunal concluyó que la evaluación del caso no fue integral ni contextualizada, por lo que se revocó la absolución por encubrimiento agravado y se ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.
La oficial de policía Gimena Núñez fue inicialmente absuelta por encubrimiento agravado en la causa por la muerte de Cintia Fernández, aunque condenada por falso testimonio.
Sin embargo, con este fallo la Sala IV del Tribunal de Impugnación revocó esa absolución, señalando que no se valoraron correctamente pruebas que muestran una conducta orientada a proteger al principal sospechoso, Mario Condorí. La causa ahora vuelve a juicio para un nuevo pronunciamiento legal sobre el encubrimiento de Nuñez.
Debido que el voto es obligatorio para un grupo etario, de no justificar la ausencia, los comprendidos podrían ser sancionados con multas e ingreso al Registro de Infractores.
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