
Debido que el voto es obligatorio para un grupo etario, de no justificar la ausencia, los comprendidos podrían ser sancionados con multas e ingreso al Registro de Infractores.
Un total de 1.168.033 jóvenes de 16 y 17 años están habilitados para votar en las generales del día de hoy, así como en un eventual balotaje el 19 de noviembre, una cifra que representa el 3,3% de los electores que figuran en el padrón nacional.
De ese total de quienes votarán por primera vez se debe descontar el número de 3.213 jóvenes, que son quienes viven en el exterior y que por la normativa electoral vigente no pueden participar de las PASO, aunque sí en los restantes comicios.
"Todos los jóvenes que cumplan 16 años entre el 13 de agosto y el 22 de octubre están incluidos en el padrón y podrán votar por primera vez", explicó el secretario de Actuación Electoral, Sebastián Schimmel, quien señaló que podrán sufragar aquellos que "para el 13 de agosto tengan 15 años, porque lo importante es que tengan 16 años al 22 de octubre, según lo prevé la ley".
El derecho a votar de los jóvenes en la Argentina se instauró en el año 2012, al modificarse la ley 26.774, de Ciudadanía, que se aplica para todo el país en las elecciones en las que se eligen candidatos nacionales como presidente, vicepresidente, diputados y senadores del Congreso.
Antes de esta modificación, las personas podían comenzar a participar de las elecciones a partir de los 18 años, pero al bajarse a 16 años la edad mínima para votar lo hicieron por primera vez en las elecciones de medio término del año 2013.
Luego de esta reforma, las provincias fueron adaptando su legislación para extender el beneficio a los jóvenes de 16 años, ya que cada Estado del interior, en un marco federal, tiene la facultad de dictar su orden político e institucional y, en consecuencia, sus sistemas electorales, aunque dentro del ámbito de las normas de la Constitución Nacional.
"Si nos remontamos un poco en el tiempo, el DNI se obtenía por primera vez a los 16 años, porque no se extendía ese documento al momento de nacimiento. Luego esto cambió y se incorporó el DNI al momento del nacimiento, y se debía hacer la actualización a los 16 años; con la sanción de la ley de Voto Joven en 2012 esa actualización es a los 14 años", recuerda Schimmel.
A partir de esta última actualización, el Registro Nacional de las Personas (Renaper) "comunica la existencia de este futuro elector cercano en el tiempo, y se incorpora en el Registro Nacional de Electores. Luego, cuando van a tener 16 años a la fecha de la elección, se los suma al padrón", dijo el funcionario.
Precisó que el Registro Nacional de Electores "es permanente y es la base de datos que nosotros actualizamos con cada cambio de documento, con cada nacimiento y con cada defunción", mientras que el padrón "es como una foto del Registro Nacional de Electores, que establece quiénes son los que tienen derecho a votar en una determinada dirección y en qué lugares y zonas geográficas".
En caso de ausentismo, la legislación establece que los menores de 18 años no tendrán sanción. "Esto que se suele mencionar como que el voto es voluntario o facultativo en esta franja, no es técnicamente correcto, porque nuestra Constitución dice que el voto es obligatorio para todos, pero están eximidos de la sanción ya por la ley y no tienen que presentar hacer ninguna justificación en caso de no ir a votar", explicó el funcionario.
Debido que el voto es obligatorio para un grupo etario, de no justificar la ausencia, los comprendidos podrían ser sancionados con multas e ingreso al Registro de Infractores.
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Debido que el voto es obligatorio para un grupo etario, de no justificar la ausencia, los comprendidos podrían ser sancionados con multas e ingreso al Registro de Infractores.