Senado aprobó la Ley “Antipiquetes” que regula protestas sociales en Salta

El proyecto se trató sobre tablas, en medio de un clima marcado por la tensión social, reclamos y una Legislatura vallada

Salta01 de junio de 2023FR prensa 4FR prensa 4
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Hace instantes, el Senado salteño aprobó la Ley "Antipiquetes" que regulará las protestas sociales.

Con la reñida diferencia de solo un voto, la iniciativa logró su curso luego que hiciera lo propio el martes, en la Cámara de Diputados. El proyecto se trató sobre tablas, en medio de un clima marcado por la tensión social y una legislatura vallada ante la protesta de diferentes sectores.

Si bien se trata de un proyecto que había sido presentado el año pasado, en las últimas horas cobró fuerza ante los reclamos de docentes, personal de salud, organizaciones sociales y políticas que cortaron diversas arterias de la provincia.

La ley tiene por objeto conciliar el ejercicio de los derechos a la libertad de expresión, reunión, peticionar ante las autoridades, uso del espacio público, junto a la libre circulación, preservación de la integridad física y de la propiedad tanto pública como privada, durante el desarrollo de protestas o manifestaciones públicas, cualquiera fuera su naturaleza.

De esta manera, queda expreso que "se entiende por protesta o manifestación pública a toda reunión de personas que, con un objetivo común, con o sin desplazamiento en el espacio de uso público, por un tiempo determinado y sin violencia, reclama o reivindica derechos ante las autoridades públicas o entes privados."

Se deberá resguardar el desarrollo pacífico de la protesta o manifestación pública, en la medida que la misma permita el normal funcionamiento de servicios públicos, especialmente los referidos a la salud, transporte público, educación y bomberos; habilite, aunque sea parcialmente la circulación de personas y/o vehículos en una dirección determinada; evite la comisión de delitos tipificados en el código penal durante los actos preparativos, desarrollo o desconcentración de las mismas, incluidos los daños a la propiedad pública o privada.

Asimismo, de ahora en más, toda protesta o manifestación pública debe ser notificada con una antelación no menor a las 24 horas, ante la Comisaría más cercana al lugar donde se tiene previsto su desarrollo o ante la Autoridad de Aplicación, dando cuenta del lugar de concentración, señalando en el caso de que se trate de una marcha, las arterias por donde se realizará el desplazamiento, y la desconcentración; horario de inicio y tiempo estimado de desarrollo; objetivo de la protesta o manifestación, responsables u organizadores de la protesta o manifestación, sean entidades o personas humanas.

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