Concejal de Campo Quijano condenado por abusar de sus sobrinas

Por el delito de abuso sexual simple, el edil de 34 años fue condenado en juicio abreviado a la pena de seis meses de prisión condicional. El sujeto fue denunciado por el padre de las damnificadas.

Judicial07 de julio de 2022AV prensaAV prensa
descarga

El sujeto fue denunciado por el padre de las damnificadas. Sus hijas le contaron que su tío las tocaba en sus partes íntimas con el pretexto de hacerles “cosquillas”. El imputado, que era docente en Iruya, y ahora concejal de Campo Quijano, cometía los abusos cuando se quedaba a dormir en casa de su madre, abuela materna de las menores.

La jueza María Victoria Montoya Quiroga, vocal de la Sala II del Tribunal de Juicio, ordenó que el imputado siga en libertad por la modalidad de la condena dictada. 

rotolos-1Ofrecen una recompensa de $500 mil para dar con el prófugo Marino Rótolos

Para llegar a esta instancia, el concejal aceptó culpa del delito que se le imputa. Aparentemente, nunca dio aviso al concejo deliberante de Campo Quijano que este martes tenía audiencia en donde se le dictó la condena.

En esta localidad, todos saben de los delitos atribuidos a este edil, incluso se le había pedido antes de asumir, que no ocupara el cargo hasta no saber la sentencia definitiva de su caso. 

1654529241749Ante las malas condiciones, senadores harán un relevamiento del Hospital Ragone

Llamativamente, con condena y aceptando su culpabilidad de los hechos de abuso, el presidente del concejo deliberante. Ariel Gallardo, hizo oídos sordo del dictamen judicial.

Cabe recordar que la ley contempla que los condenados no pueden ocupar cargos públicos. En Campo Quijano el cuerpo en su totalidad no tiene en cuenta la culpa del condenado concejal. 

Es decir, que en Quijano tienen un concejal condenado por abuso de menores de edad y a sus pares no les interesa la gravedad de la situación.

pirotecnia_cero-741x400Pirotecnia cero: trabajan el proyecto ley en el Senado provincial

Se omitió el nombre completo de las personas involucradas para preservar la identidad de las menores y su derecho a la intimidad y confidencialidad, en virtud de la Convención de los Derechos del Niño (artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional, Ley 23849) y las Leyes 26061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y 26522 de Servicio de Comunicación Audiovisual.

Últimas noticias
Te puede interesar
Ranking

Suscríbete al newsletter para recibir periódicamente las novedades en tu email