Cambios en el IVA: qué compras quedarán exentas en supermercados desde julio

El Gobierno dispuso que no se aplicará la percepción del IVA a operaciones de hasta $10 millones dirigidas a consumidores finales. Apunta a simplificar el sistema y reducir conflictos.

Economía11 de junio de 2025FH PRENSAFH PRENSA
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Mediante la Resolución General 5710/2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó el régimen de percepción del IVA que rige para supermercados y comercios de alimentos. Desde el 1° de julio, todas las compras de hasta $10 millones realizadas por consumidores finales estarán exceptuadas del recargo del impuesto.

La medida busca resolver una situación conflictiva que venía generando tensiones en los puntos de venta. Antes, los comercios debían analizar si el comprador era realmente consumidor final. Si lo consideraban un revendedor por el volumen adquirido, estaban obligados a aplicar un recargo por percepción del IVA. Esto derivaba en disputas con pequeños comerciantes o consumidores que adquirían grandes cantidades.

Ahora, el único parámetro para definir si corresponde aplicar la percepción será el monto de la operación. Si no supera los $10 millones, el comprador será considerado automáticamente consumidor final, sin importar la cantidad ni el tipo de productos adquiridos.

El nuevo criterio se aplicará a supermercados mayoristas y minoristas, hipermercados y minimercados, incluyendo mercaditos y autoservicios que vendan carnes, verduras y otros alimentos. Con esta medida, se apunta a reducir la carga administrativa y evitar interpretaciones subjetivas por parte de los comercios.

Además de ordenar el funcionamiento del sistema tributario, la normativa es parte de una estrategia del Gobierno para permitir un mayor uso del dinero informal en la economía formal, sin trabas adicionales en operaciones de consumo cotidiano.

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