Alberto Fernández declarará el 26 de diciembre en la causa por violencia de género contra Fabiola Yañez

Por segunda vez en la semana se suspendió la audiencia en la que ex presidente debía responder por la denuncia en su contra. Antes, tratarán el planteo de recusación contra el juez Ercolini.

Judicial14 de diciembre de 2024AV prensaAV prensa
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El nuevo cambio de fecha se debe a que aún está pendiente el análisis de la recusación del juez federal Julián Ercolini solicitada por exmandatario, quien también pidió su apartamiento de la causa y la suspensión de su cita ante las autoridades hasta que no se tramite el planteo.

En la nota donde se hizo la solicitud, los representantes de Fernández alegaron: “Objetivamente esta defensa abriga el temor que V.S. se haya formado un criterio y de alguna manera haya prejuzgado acerca de la situación del ex Presidente de la Nación, lo cual incidirá al momento en el que, eventualmente, deba analizar el fondo del asunto y dicte el fallo al resolver su situación procesal”.

No se trata de la primera vez que el expresidente intenta hacer una recusación en esta causa: la defensa de Alberto Fernández ya lo trató de hacer, sin éxito, contra el fiscal Ramiro González -quien tiene delegada la investigación- por pérdida de objetividad. También fracasó su jugada para apartar a Ercolini en el expediente de los seguros. Hace dos semanas enfrentó su indagatoria en ese expediente, al iniciar una ronda de declaraciones a exfuncionarios y productores de seguros.

El miércoles pasado, el expresidente estaba citado en Comodoro Py para responder por la denuncia de su ex pareja Fabiola Yañez. A pedido del fiscal Ramiro González, el juez convocó a Fernández mediante un escrito en el que le adelantó la imputación: “En un contexto de violencia de género signado por la particular relación asimétrica de poder entre Alberto Ángel Fernández y Fabiola Andrea Yáñez, por lo menos desde el año 2016 hasta el 6 de agosto del 2024 (fecha en la cual la víctima instó la acción penal en el presente expediente y se impuso la consecuente prohibición de contacto al nombrado), el imputado se habría aprovechado de la especial situación de vulnerabilidad preexistente al vínculo en la que se encontraba inmersa la nombrada, y ejercido con habitualidad y de modo continuo, violencia psicológica contra Yáñez, bajo las formas de acoso, hostigamientos, controles, indiferencia, insultos, culpabilización, destrato, retiro de la palabra, ninguneos y hostilidad”.

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