La Corte avala la ley de Ficha Limpia en Salta: un paso hacia la ética en la política

El máximo tribunal declaró constitucional la norma que prohíbe a condenados en segunda instancia postularse a cargos públicos, reforzando la transparencia electoral.
Salta29 de noviembre de 2024FH PRENSAFH PRENSA

La Corte de Justicia de Salta confirmó este jueves la constitucionalidad de la ley de Ficha Limpia, una normativa que prohíbe a personas con condena firme en segunda instancia ser candidatas a cargos públicos provinciales o municipales. Con esta decisión, el tribunal rechaza los recursos de inconstitucionalidad presentados y subraya la relevancia de la ética en los procesos electorales.

Los detractores de la norma argumentaron que la ley vulnera principios como la presunción de inocencia y la cosa juzgada, además de imponer una sanción adicional a quienes ya han cumplido con su condena. Sin embargo, la Corte concluyó que la presunción de inocencia se aplica exclusivamente en el proceso judicial, y que la ley no impone una pena sino un requisito para ejercer el derecho a ser elegido.

En su artículo 1, la ley establece que los condenados en segunda instancia no podrán postularse por el tiempo que dure la condena y la mitad más de su duración. Según la Corte, esta disposición responde a un interés público superior: garantizar a la ciudadanía la posibilidad de elegir candidatos con idoneidad ética y moral.

El fallo también destacó la tensión entre la presunción de inocencia y la necesidad de proteger la moralidad en la función pública. En este sentido, los jueces señalaron que la norma es una reglamentación válida del derecho a ser elegido, amparada por las constituciones nacionales y provinciales, así como por los tratados internacionales.

Con este respaldo judicial, la ley de Ficha Limpia fortalece su vigencia en Salta, marcando un precedente para promover procesos electorales más transparentes y alineados con valores éticos.

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