PASO 2023: Todo lo que tenés que saber antes de votar el 13 de agosto

En las elecciones primarias en Argentina, hacemos un repaso de las dudas más frecuentes sobre la votación

Nacional13 de agosto de 2023RM PrensaRM Prensa
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Este año es muy importante para Argentina porque se define quién estará al mando del país durante los próximos cuatro años. Las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) serán el 13 de agosto y las elecciones generales nacionales el 22 de octubre. En caso de haber balotaje, será el 19 de noviembre.

 Durante los meses del año que transcurrieron, hubo votaciones provinciales en 18 jurisdicciones. Pero en las elecciones del 13 de agosto y el 22 de octubre todo el país deberá concurrir a las urnas para elegir presidente, vicepresidente, 43 representantes del Parlasur, 130 diputados y 24 senador

¿QUÉ SE DEFINE EN LAS PASO 2023?
 
En las PASO se define, principalmente. las fuerzas políticas que se podrán presentar en las elecciones generales nacionales del 22 de octubre.

Las PASO son un mecanismo electoral establecido en 2009 por ley, y sirven para que los electores definan las listas de los precandidatos de cada alianza política o frente electoral que luego competirán en las elecciones generales.

Además, establece un piso mínimo de votos para que las fuerzas políticas puedan presentarse en octubre. Para poder continuar en carrera hacia los comicios nacionales, los frentes políticos deben superar el 1,5% de los votos válidos. De lo contrario, no podrán competir en las elecciones nacionales.

¿QUIÉNES SON LOS PRECANDIDATOS A PRESIDENTE EN LAS PASO 2023?

Los precandidatos a presidente en las PASO 2023 son 27 en total: Sergio Massa, Juan Grabois, Horacio Rodríguez Larreta, Patricia Bullrich, Javier Milei, Juan Schiaretti, Marcelo Ramal, Myriam Bregman, Gabriel Solano, Manuela Castañeira, Jesús Escobar, César Biondini, Guillermo Moreno, Santiago Cuneo, Raúl Castells, Jorge Eduardo Oliver, Paula Arias, Eliodoro Martínez, Carina Bartolini, César Biondini, Nazareno Etchepare, Julio Bárbaro, Ramiro Vasena, Mempo Giardinelli, Martín Ayerbe, Reina Xiomara Ibáñez y Raúl Albarracín.

¿ES OBLIGATORIO VOTAR EN LAS PASO 2023?

Sí. El voto en Argentina es universal, libre, secreto y obligatorio. Se trata de un derecho y una obligación constitucional.

A pesar de ello, la legislación también establece algunas excepciones. En primer lugar, el voto no es obligatorio para los jóvenes de 16 y 17 años, y para las personas mayores de 70 años. Tampoco deben justificar su ausencia en las PASO.

Por otra parte, hay otros grupos, establecidos por ley, que están exceptuados de votar, pero que sí deben justificar su ausencia en las PASO ante la Justicia Electoral:

  • Quienes estén a más de 500 kilómetros del lugar de votación y tener una justificación válida que impida el traslado;

  • Quienes estén enfermos o imposibilitados de ejercer el sufragio por motivos de fuerza mayor. En este caso también se debe presentar una justificación;

  • Quienes formen parte de organismos o empresas de servicios públicos que cumplan funciones durante el día de la elección;

  • Jueces o auxiliares que estén en funciones durante la elección.

¿CÓMO JUSTIFICAR MI AUSENCIA EN LAS PASO 2023?

Para justificar la ausencia en las PASO, las personas que no se presenten a votar deberán concurrir con su documento cívico a la comisaría más próxima del lugar en el que se encuentre, y allí pedir una certificación escrita que justifique su imposibilidad de sufragar.

Luego tendrán que presentar el justificativo para evitar posibles sanciones económicas y la imposibilidad de realizar trámites ante organismos estatales nacionales, provinciales.

Para esto se debe realizar una consulta a través de Internet y enviar los documentos que corroboren el motivo de fuerza mayor que les impidió emitir el sufragio. Cuentan con 60 días desde las elecciones para presentar el formulario ante la Justicia Electoral, ya que en caso contrario la multa se adherirá automáticamente en el Registro de Infractores de cada persona.

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¿CÓN QUÉ DOCUMENTO PUEDO VOTAR EN LAS PASO 2023?

Se debe votar con el documento cívico que figura en el padrón electoral, o con una versión posterior del mismo. Si se concurre a votar con un documento anterior al que consta en el padrón no se podrá emitir el voto. Además, el DNI en el celular no es válido para votar.

Tampoco se puede votar con una constancia de DNI en trámite. No se considera probatorio de la identidad ningún comprobante de documento en trámite.

¿QUÉ HACER SI PERDÍ O ME ROBARON EL DNI?

Si el elector perdió o le robaron el DNI no podrá emitir su voto, ya que no tendrá el documento con el cual corresponde acreditar su identidad ante la autoridad de mesa y los fiscales.

Allí deberá presentar la denuncia policial que da cuenta de su justificación. Una vez dentro del sitio web, deberá adjuntar número de DNI, género y distrito.

¿PUEDO VOTAR SI ESTOY FUERA DEL PAÍS?

Los argentinos en el exterior que quiera sufragar, lo podrán hacer siempre que tengan su domicilio en el extranjero asentado en su documento de identidad, tal y como lo dispone la ley Nº 24.007 de Creación del Registro de Electores Residentes en el Exterior. Al igual que la inscripción, el sufragio es voluntario.

Para poder votar en el exterior, los electores deberán acercarse de forma presencial en la representación consular correspondiente al lugar donde tenga residencia, siempre y cuando figure en el Registro de Electores Residentes en el Exterior. Podrán consultar la mesa en la que están habilitadas a votar en la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, en la sección Embajadas y Consulados.

¿CUÁNDO ARRANCA LA VEDA ELECTORAL Y QUÉ NO PUEDO HACER?

La veda electoral comienza 40 horas antes de la apertura de los comicios y se extiende hasta 3 horas después de la finalización de las elecciones. Termina a las 21 horas con la finalidad de evitar cualquier tipo de incidentes con las personas que aún se encuentren en los centros de votación, incluso después de las 18, cuando se cierran las urnas.

Las prohibiciones que rigen durante la veda electoral son:

  • Los actos públicos de campaña o cualquier otra actividad proselitista;

  • Tener abiertas las casas destinadas al expendio de bebidas alcohólicas hasta transcurridas 3 horas del cierre del comicios;

  • Ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptores de votos, contados sobre la calzada, calle o camino;

  • Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y de toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas 3 horas de ser clausurado;

  • A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, 12 horas antes y 3 horas después de finalizada;

  • La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta (80) metros del lugar en que se instalen mesas receptoras, de votos.

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¿QUÉ PASA SI ME CONVOCARON PARA SER AUTORIDAD DE MESA Y NO PUEDO ASISTIR?

Si una persona fue designada como autoridad de mesa, pero no se presenta a ejercer su cargo y no justifica su ausencia de acuerdo a la ley, puede ser sancionada con una pena de prisión de 6 meses a 2 años, según establece el artículo 112 del CNE.

En consecuencia, las funciones de las autoridades de mesa son irrenunciables. Sin embargo, una persona que fue designada puede excusarse por razones de enfermedad” o “de fuerza mayor debidamente justificadas.

¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE VOTO EN BLANCO Y VOTO NULO?

Se considera voto en blanco a los sobres vacíos o con papel de cualquier color, sin inscripciones ni imágenes. Además, cuando el sobre contiene una boleta oficializada a la que le falta el cuerpo correspondiente a una categoría. En ese caso, se considerará “voto en blanco” solo para esa categoría.

Cabe señalar que el voto en blanco se considera como un voto válido, pero no afirmativo porque no tiene ninguna boleta partidaria. Como consecuencia, el voto en blanco afecta al porcentaje de votos válidamente emitidos.

En cambio, el voto nulo es una categoría dentro de los votos no válidos, es decir, que no se contabilizan.

 Se considera voto en blanco a los sobres vacíos o con papel de cualquier color, sin inscripciones ni imágenes

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¿CÓMO CORTAR BOLETA Y ASEGURAR LA VALIDEZ DEL VOTO?

La única opción válida para cortar la boleta y que el voto no pierda validez es que el votante coloque en el sobre una sola lista por categoría.

Asimismo, el recorte de la boleta seleccionada deberá ser lo más preciso y prolijo posible, respetando la línea punteada que divide cada sección.

El corte de boleta se puede realizar manualmente, o bien mediante la utilización de una tijera, para no afectar el número de lista ni los nombres de los candidatos.

¿CÓMO FUNCIONARÁ EL TRANSPORTE PÚBLICO DURANTE LAS PASO 2023?

El transporte público será gratuito tanto en las PASO del 13 de agosto como en las elecciones generales del 22 de octubre en todo el país, de acuerdo a una resolución del gobierno nacional publicada en el Boletín Oficial. El objetivo es “facilitar a los ciudadanos la emisión del sufragio, procurando garantizar la mayor concurrencia a los actos eleccionarios”.

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¿LOS EXTRANJEROS PUEDEN VOTAR EN ARGENTINA?

Según el Código Nacional Electoral, los migrantes que residen en el país no pueden elegir presidente, vicepresidente, diputados ni senadores de la Nación, pero sí están habilitados para hacerlo en elecciones provinciales y/o municipales según lo establezca la normativa vigente de cada provincia. Actualmente este derecho está garantizado por Ley en todo el país, a excepción de la provincia de Formosa que no permite el voto para ningún cargo electivo.

¿CÓMO CONTINÚA EL CALENDARIO ELECTORAL TRAS LAS PASO?

Luego de las PASO del 13 de agosto, el calendario electoral tendrá varias fechas clave:

  • 15 de agosto: Escrutinio definitivo de las PASO;

  • 3 de septiembre: Inicio de campaña elecciones nacionales;

  • 10 de septiembre: Elecciones generales en Santa Fe;

  • 17 de septiembre: Elecciones generales en Chaco;

  • 24 de septiembre: Elecciones generales en Mendoza;

  • 1 de octubre: Primer debate presidencial;

  • 8 de octubre: Segundo debate presidencial;

  • 20 de octubre: Veda electoral (8h);

  • 22 de octubre: Elecciones generales nacionales, elecciones generales en CABA, generales en Entre Ríos, generales en Buenos Aires, generales en Catamarca y generales municipales en Santa Cruz;

  • 9 de noviembre: Tercer debate presidencial (en caso de haber balotaje);

  • 19 de noviembre: Balotaje
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