Se prohibió imponer día y horario para el cambio o devolución de productos

La cámara alta de Salta aprobó el proyecto de ley en revisión que establece la recepción de los productos no consumibles, adquiridos en el marco de una relación de consumo. Para su cambio o devolución debe efectuarse en cualquier día y horario de atención al público.

Legislativa28 de abril de 2023PC PrensaPC Prensa
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La cámara alta de Salta aprobó el proyecto de ley en revisión que establece la recepción de los productos no consumibles, adquiridos en el marco de una relación de consumo conforme a la Ley Nacional 24.240 de Defensa del Consumidor, para su cambio o devolución debe efectuarse en cualquier día y horario de atención al público.

“La ley nacional otorga a los consumidores un plazo, sin la necesidad de dar explicación, cambiar o devolver los productos adquirido pero enfrentan restricciones por parte de proveedores o vendedores referido a días u horarios de cambio” expresó el Senador informante, Emiliano Durand.

El legislador expresó que la ley provincial llega a “subsanar esta distorsión” y “garantiza la transparencia y el equilibrio en la relación proveedor –consumidor”. En su articulado, la norma obliga a los vendedores a informar lo dispuesto a consumidores e imponer sanciones en caso de incumplimiento.

“Depende del producto, pero puede ser por fallas, porque no cumple el cometido para el cual fue comprado, porque no funciona, desperfecto por supuesto no imputable a una negligencia del comprador, cuando no puede ser destinado al uso para el cual fue comprado y sin que haya sido ocasionado por un daño causado por el cliente, siempre puede ser cambiado”, detalló Durand.

Respecto a los derechos del consumidor en estos casos de devolución, el Senador expresó que podría implicar la devolución del dinero, el reemplazo del producto, o el arreglo eventual del producto, si es algo que puede arreglarse técnicamente.

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