La Corte Suprema resolvió que los jubilados no deben pagar el impuesto a las Ganancias

La decisión de la Corte contempla a todos aquellos que llevaron adelante un reclamo similar al mencionado caso.

Nacional 04 de marzo de 2023 AV prensa2 AV prensa2
550368

La Corte Suprema de Justicia ratificó un fallo de segunda instancia que había determinado que los haberes jubilatorios no deben pagar el impuesto a las Ganancias. La decisión de la Corte contempla a todos aquellos que llevaron adelante un reclamo similar al mencionado caso.

Esta decisión se dio a conocer este jueves tras resolverse el caso Héctor Calderón contra la Anses. En esta oportunidad, el máximo tribunal dejó vigente el fallo de segunda instancia que favoreció el reclamo de que el haber jubilatorio no tiene que ser objeto del impuesto a los ingresos.

En una sentencia firmada por los cuatro ministros, Carlos Rosenkrantz, Horacio Rosatti, Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, la Corte Suprema dejó firme "la exención del impuesto ordenada por la alzada pues la retención que pretende hacer la Anses (sobre el retroactivo del reajuste) se basa en una norma que se declaró inconstitucional por no haber contemplado factores de vulnerabilidad como la avanzada edad para diferencias ciertos jubilados de otros", explicaron fuentes judiciales.

Por otro lado, la normativa vigente hasta hoy indica que los jubilados y pensionados deberán tributar Impuesto a las Ganancias cuando sus ingresos superan el monto equivalente a ocho veces el haber mínimo del sistema general. A partir de marzo de 2023, ese umbral es de $ 469.323,44.

¿A quiénes beneficia la nueva ley?

Este nuevo plan de pago brinda la posibilidad de acceder a jubilaciones y regularizar la deuda previsional a los ciudadanos argentinos que no llegan a cumplir 30 años de aportes.

¿Quiénes pueden acceder?

Podrán acceder personas que ya alcanzaron la edad jubilatoria. Es decir, mujeres de 60 años o más y varones de 65 años o más que no cuentan con los 30 años de aportes necesarios. Y personas que aún no alcanzaron la edad jubilatoria. Es decir, mujeres de entre 50 y 59 años y varones de entre 55 y 64 años que ya saben que, al cumplir la edad para jubilarse, no contarán con los 30 años de aportes.

¿Cómo se regularizará la deuda previsional?

Las personas que ya alcanzaron la edad jubilatoria podrán regularizar períodos faltantes hasta diciembre de 2008 inclusive en cuotas mensuales que se descontarán de la jubilación. Y las personas que aún no alcanzaron la edad jubilatoria podrán regularizar períodos faltantes hasta el 31 de marzo de 2012 inclusive identificando los períodos a regularizar y cancelándolos de acuerdo a sus posibilidades.

¿A cuántos jubilados beneficia esta iniciativa?

Con el Plan de Pago de Deuda Previsional 800 mil argentinas y argentinos que durante este año cumplan y tengan la edad requerida podrán acceder a la cancelación de su deuda previsional para jubilarse. Y, además, cerca de 900 mil trabajadoras y trabajadores podrán identificar los períodos de aportes faltantes y cancelarlos anticipadamente antes de alcanzar la edad.

Te puede interesar
Ranking

Suscríbete al newsletter para recibir periódicamente las novedades en tu email