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El Tribunal Oral Federal N°2 de Salta, bajo la modalidad unipersonal, condenó a José Benjamín Zavalía a la pena de 4 años y 2 meses de prisión por el delito de transporte de estupefacientes. La pena se completó con una multa de 475 mil pesos, las costas y el decomiso de dos teléfonos celulares.
05 de julio de 2022El Tribunal Oral Federal N°2 de Salta, bajo la modalidad unipersonal, condenó a José Benjamín Zavalía a la pena de 4 años y 2 meses de prisión por el delito de transporte de estupefacientes, en calidad de coautor. La pena se completó con una multa de 475 mil pesos, las costas y el decomiso de dos teléfonos celulares.
La sentencia, dictada por el juez Domingo Batule, responde en su totalidad a la acusación sostenida en el juicio por el fiscal general Eduardo Villalba, quien dio por probado el transporte de 1.929 kilogramos de cocaína dentro de un televisor Smart que fue enviado desde la ciudad de Orán, en Salta, a la provincia de Santiago del Estero.
El hecho se gestó el 9 de diciembre, cuando un hombre se presentó en la terminal de ómnibus de Orán y embarcó una caja con el TV, en cuya parte interna llevaba cuatro paquetes con la droga, siendo la encomienda dirigida a Zavalía, al igual que una carga de cubiertas de vehículos.
Al día siguiente, personal de la Dirección General de Aduanas y de la Policía de Salta, en un puesto de control en el acceso a la ciudad de Salta, detectaron objetos extraños en la caja que llevaba el aparato, lo que surgió al examinar el paquete con un scanner.
La sospecha se acrecentó más cuando un perro antinarcóticos (Aquiles) marcó la misma encomienda durante una requisa, la cual fue presenciada por dos testigos civiles, los que ratificaron este detalle durante el debate, como así también el hallazgo de la droga oculta en la parte de atrás del TV.
Ante ello, se solicitó autorización judicial para llevar adelante una entrega vigilada, la cual permitió detener al acusado el 11 de diciembre al mediodía, cuando se presentó a retirar el paquete, tarea que estuvo a cargo de efectivos de la Policía Federal de Santiago del Estero.
Con otros audios y mensajes, la fiscalía dio por acreditado el hecho, y asimismo reforzó el correcto accionar en la interdicción y apertura de la encomienda, medida que llevó adelante personal de Aduana, pues el Código Aduanero -en su artículo 123- faculta tales diligencias.
Con este argumento, el fiscal neutralizó un planteo de nulidad en favor de Zavalía, el cual fue rechazado por el juez Batule al emitir su fallo. El magistrado compartió el razonamiento esgrimido por la fiscalía.
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