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Ambos participaron del almuerzo en la casa de Catalina Peña, la abuela del nene, el día en que se lo vio por última vez.
14 de mayo de 2025La Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes rechazó un recurso de casación presentado por la defensa del ex capitán de navío Carlos Guido Pérez (63) y su esposa, la exfuncionaria municipal María Victoria Caillava (53), ambos detenidos por su presunta participación en la sustracción de Loan Danilo Peña, el nene desaparecido el 13 de junio de 2024 en la localidad de El Algarrobal.
El abogado defensor, Ernesto González, había solicitado que se revisara el fallo que confirmó las prisiones preventivas y los procesamientos dictados por la misma Cámara hace un mes. En su presentación, sostuvo que los jueces violaron el Código Procesal Penal y que la resolución debía ser considerada equiparable a una sentencia definitiva, ya que ocasiona —según su criterio— un gravamen de imposible reparación ulterior.
Sin embargo, el fiscal general Carlos Schafer consideró que no se estaba ante una sentencia definitiva ni equiparable, y que tampoco surgía del expediente un agravio federal concreto o arbitrariedad manifiesta. Dijo que lo planteado por la defensa sólo constituía una mera discrepancia con lo resuelto por la Cámara. Añadió que en el caso se ha garantizado el doble conforme o garantía de la doble instancia que debe observarse dentro del marco del proceso penal como garantía mínima para toda persona inculpada de un delito.
En la resolución, los jueces Ramón González, Selva Spessot y Mirta Sotelo señalaron que la defensa no cuestionó la legitimidad o fundamentación de la prisión preventiva, lo que —dependiendo de las circunstancias del caso— podría haber permitido una admisibilidad parcial del recurso.
También afirmaron que la resolución atacada no reúne la condición de sentencia definitiva o equiparable a ella, y que no se advierte la existencia de un agravio federal concreto o arbitrariedad manifiesta, ya que la defensa, al momento de fundar la admisibilidad del recurso, se limitó a transcribir artículos del Código Procesal Penal de la Nación, evidenciando únicamente una discrepancia con lo resuelto por este tribunal.
Los magistrados enfatizaron que la confirmación del procesamiento tampoco podría violentar la garantía de defensa en juicio, ya que la resolución apelada describe con precisión la conducta específica por la cual se procesa a Pérez y Caillava, lo que constituye un límite objetivo a la admisibilidad del recurso extraordinario.
El hecho investigado
Según la Cámara, el 13 de junio de 2024, Carlos Guido Pérez y María Victoria Caillava sacaron a Loan Peña, de 5 años, de la casa de su abuela Catalina Peña en su camioneta Ford Ranger, con la excusa de regresar a su domicilio para ver el partido entre River Plate y Deportivo Riestra.
El expediente sostiene que el matrimonio actuó en el marco de un plan previamente acordado junto a Bernardino Antonio Benítez (38), Laudelina Peña (46), Oscar “Fierrito” Ramírez (50), Mónica del Carmen Millapi (36) y el ex comisario Walter Maciel (44).
Los jueces indicaron que los siete imputados planificaron con antelación sustraer a un menor de diez años durante un almuerzo previsto para el 13 de junio en la casa de Catalina Peña, al que habían sido previamente invitados, a excepción de Maciel.
Detallaron que el acuerdo previo consistía en sustraer a un menor, y no específicamente a Loan, ya que su presencia en el almuerzo fue espontánea y sorpresiva para el resto de los asistentes. En ese plan, cada imputado tenía un rol asignado.
De acuerdo a la reconstrucción judicial, Benítez y Ramírez debían proponer de manera espontánea una salida al naranjal junto con los menores. Una vez allí, capturarían a uno de ellos para entregarlo a Pérez y Caillava, quienes lo retirarían del lugar.
Por su parte, Millapi, con la colaboración de Laudelina Peña, debía acompañar a los niños hasta el naranjal, donde ya se encontrarían Benítez y Ramírez. Laudelina, a su vez, tenía la función de iniciar el trayecto con los menores y luego regresar a la casa de su madre, donde recibiría la noticia de la supuesta desaparición y actuaría como nexo entre los captores y quienes debían retirar al niño: Pérez y Caillava.
Los jueces explicaron que, recibido el aviso por parte de Benítez, Laudelina debía comunicar la situación al matrimonio, que abandonaría la reunión familiar con la excusa del partido, trasladándose en su camioneta hasta el punto de encuentro preestablecido —en las inmediaciones de la escuela abandonada conocida como la tapera— para concretar la entrega del nene.
Actualmente, los siete imputados continúan detenidos, a excepción de Mónica Millapi, que cumple prisión domiciliaria. Con esta decisión judicial, la estrategia defensiva del matrimonio Pérez-Caillava queda acotada a una presentación extraordinaria ante la Corte Suprema.
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