Revés para el Gobierno: la justicia falló a favor de "Chiqui" Tapia y dejó firme su reelección

La Cámara Civil de la Nación validó la elección que se celebró en la asamblea del 17 de octubre. La IGJ había resuelto “declarar la irregularidad e ineficacia de la convocatoria".

Deporte16 de noviembre de 2024AV prensaAV prensa
Claudio-Chiqui-Tapia

La Cámara Civil de la Nación falló a favor de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y declaró nula la Resolución 793/2024 emitida por la Inspección General de Justicia (IGJ), que había anulado la asamblea general en la que Claudio “Chiqui” Tapia fue reelecto anticipadamente como presidente.

La IGJ había resuelto “declarar la irregularidad e ineficacia total a los efectos administrativos de la convocatoria a la Asamblea General Ordinaria de la AFA para el 17 de octubre”. Según esta resolución, solo se permitía la aprobación del balance y los libros en esa fecha, pero se prohibía avanzar con otras decisiones. El club Talleres de Córdoba había hecho un pedido de suspensión.

Según el argumento del organismo que depende del Ministerio de Justicia, la convocatoria se había hecho de manera extemporánea y sin cumplir las normas estatutarias. Pero la AFA argumentó que la convocatoria se realizó conforme a los estatutos vigentes y que la asamblea se desarrolló siguiendo las disposiciones reglamentarias, puntos que la Cámara Civil consideró válidos.

Según pudo confirmar Clarín, el tribunal concluyó que la IGJ no presentó argumentos de peso y señaló que la falta de consulta previa y la omisión del derecho de defensa en el proceso administrativo viciaron de nulidad la resolución.

La asamblea del 17 de octubre se llevó a cabo sin inconvenientes, bajo la fiscalización de la IGJ y con la participación de delegados, incluido el representante del Club Talleres, quienes expusieron sus posturas y votaron. La Cámara Civil destacó que ningún delegado manifestó haber sido afectado por la convocatoria.

El fallo ratifica la legitimidad de la asamblea y la elección de las autoridades, remarcando que la IGJ no puede intervenir arbitrariamente en la gestión interna de las asociaciones civiles.

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