

Si en las elecciones generales del 22 de octubre ninguno de los candidatos consigue el porcentaje definido por la Constitución nacional para ganar en primera vuelta, se realizará una segunda vuelta o un “mano a mano” entre las 2 fórmulas más votadas para definir al próximo presidente.
Los artículos 97 y 98 de la Constitución establecen que un presidente asume su cargo cuando su fórmula ha obtenido más del 45% de los votos afirmativos o por lo menos el 40% de los votos y una diferencia porcentual mayor a 10 puntos con respecto a la fórmula que le sigue en cantidad de votos.
Si ninguna de las 2 condiciones que se detallaron arriba se cumple, ahí aparece la segunda vuelta, que deberá ocurrir en los 30 días posteriores a la elección general. Entonces, una hipotética segunda vuelta electoral en las Elecciones de 2023 está estipulada, según los plazos de la Cámara Nacional Electoral, para el domingo 19 de noviembre.





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