Ya es ley el régimen de responsabilidad penal para niñas, niños y adolescentes

La normativa sancionada de manera definitiva, establece una serie de modificaciones a la Ley Provincial Nº 8.097 "Régimen de Responsabilidad Penal para Niñas, Niños y Adolescentes", y de la Ley Provincial Nº 8.023.

Salta25 de agosto de 2023RM PrensaRM Prensa
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La nueva ley prevé, entre otros puntos, avanzar de un sistema inquisitivo a uno acusatorio, y de esta forma, optimizar los procedimientos utilizados al momento de juzgar a un NNyA.

La ley Nº 8.097 establece un Régimen de Responsabilidad Penal para Niñas, Niños y Adolescentes, y su entrada en vigor se encuentra prorrogada por el término de un año desde el 5 de septiembre de 2.022 mediante Ley 8.333. En ese marco se conformó una comisión especial que trabajó en las reformas legislativas necesarias y en un plan progresivo de implementación, contemplando los órganos que intervienen en el proceso penal y los dispositivos y herramientas que se requieren para la atención de las necesidades de NNyA en conflicto con la Ley Penal.

Entre las modificaciones del proyecto, se establece la creación de cuatro cargos de Fiscal Penal Juvenil para los Distritos Judiciales del Centro, Orán, Tartagal y Sur, respectivamente y de un cargo de Defensor Penal Juvenil para el Distrito Judicial del Centro.

Asimismo, se modificó la Ley Nº 8.023 transformando a los Juzgados de Garantías de Metán, Tartagal y Orán, en Juzgados Penales Juveniles y de Garantías con competencia en materia de Responsabilidad Penal para Niñas, Niños y Adolescentes.

A su vez, se transformó el Juzgado de Garantías creado por Ley Provincial Nº 8.246, en Juzgado Penal Juvenil y de Garantías con competencia en materia de Responsabilidad Penal para Niñas, Niños y Adolescentes, y en Garantías.

La normativa sancionada en forma definitiva durante la última sesión de la Cámara de Senadores, fue impulsada y aprobada por la Cámara Baja durante el desarrollo de la 7° Sesión Ordinaria del pasado 18 de abril.

Entre las modificaciones al articulado de la Ley Nº 8.097, se establece el trabajo con equipos interdisciplinarios; así también, un informe ambiental orientativo que describa núcleo familiar, habitacional e influencias externas e internas del medio en el cual se desenvuelve y un examen psiquiátrico, para determinar su grado de entendimiento y comprensión mínima de sus actos.

Esos equipos estarán integrados por profesionales de la psicología, la psiquiatría, el trabajo social u otras especialidades que se consideren con incumbencias en la temática.

Otra de las modificaciones, estipula que, al momento de pronunciarse sobre la culpabilidad del imputado o imputada, el juez penal juvenil podrá declarar su responsabilidad penal, fijando el plazo y las condiciones a las que deberá sujetarse.

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