Extranjeros podrán comprar más tierras en Argentina: ésto resolvió la Corte Suprema

La Corte Suprema rechazó una demanda que buscaba mantener los límites a la compra de tierras rurales por parte de extranjeros. La decisión tiene consecuencias inmediatas, pero no significa que los jueces hayan declarado válido todo el decreto de Javier Milei.
01 de octubre de 2026AA PRENSAAA PRENSA
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La Corte Suprema de Justicia tomó una decisión que modifica las reglas sobre la compra de tierras rurales argentinas por parte de personas y empresas extranjeras.

Para entender qué pasó hay que retroceder algunos años. Argentina tenía una norma conocida como Ley de Tierras Rurales. Esa ley ponía límites a la cantidad de campos y terrenos rurales que podían quedar en manos extranjeras.

El Gobierno de Javier Milei eliminó esa ley mediante el DNU 70/2023. Sin embargo, una organización de excombatientes de Malvinas presentó una demanda y consiguió que la Justicia frenara esa decisión.

Ahora, la Corte Suprema revocó ese fallo. Por ese motivo, la eliminación de los límites vuelve a quedar vigente.

¿Qué decía la Ley de Tierras?

La Ley 26.737 establecía que solamente un máximo del 15% de las tierras rurales del país podía pertenecer a personas o empresas extranjeras. Ese límite también debía respetarse dentro de cada provincia, municipio o departamento.

La norma buscaba evitar que grandes extensiones del territorio nacional quedaran concentradas en manos de extranjeros. También incluía controles especiales para determinadas superficies y para propiedades ubicadas en zonas consideradas estratégicas.

En 2023, el artículo 154 del DNU firmado por Javier Milei derogó completamente esa ley. En palabras sencillas: el Gobierno quitó los límites que establecía esa norma para comprar tierras rurales.

¿Por qué intervino la Corte?

El Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata, conocido como CECIM, acudió a la Justicia porque consideraba que la eliminación de la ley podía afectar la soberanía argentina.

La Cámara Federal de La Plata le dio la razón y declaró inconstitucional la parte del DNU que derogaba la Ley de Tierras. El Gobierno apeló y el caso llegó hasta la Corte Suprema.

Lo más importante: qué no dijo la Corte

La Corte no dijo que vender tierras sin esos límites esté bien o mal. Tampoco resolvió si Javier Milei podía eliminar la ley mediante un decreto.

Los jueces solamente determinaron que, en este expediente, quienes presentaron la demanda no estaban habilitados para reclamar de esa manera.

Es como si un árbitro suspendiera un partido porque uno de los equipos no estaba autorizado para jugar: el encuentro termina, pero nunca se discute quién tenía razón sobre la jugada principal.

Entonces, ¿qué cambia ahora?

Como el fallo anterior fue anulado, vuelve a aplicarse el artículo del DNU que eliminó la Ley de Tierras. Esto significa que ya no rige el límite del 15% establecido por aquella norma para la propiedad extranjera de tierras rurales.

Sin embargo, eso no significa necesariamente que cualquier persona pueda comprar cualquier terreno sin cumplir ningún requisito. Todavía pueden existir otras normas nacionales, provinciales o vinculadas con zonas fronterizas. Lo que desaparece son los límites y controles específicos que fijaba la Ley 26.737.

¿El tema está cerrado para siempre?

No necesariamente. Otra persona, empresa, provincia u organización que pueda demostrar que la medida la afecta directamente podría presentar una nueva demanda.

En ese caso, la Justicia sí podría verse obligada a responder la pregunta principal: ¿es constitucional que el Gobierno haya eliminado por decreto una ley aprobada por el Congreso?

Por ahora, la derogación quedó vigente, pero la discusión jurídica y política sobre las tierras rurales argentinas todavía no terminó.

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