Requieren juicio para un ex intendente de Angastaco por malversación de fondos

El juicio será en contra de un ex Intendente de Angastaco por el delito de malversación de fondos en calidad de autor, y a su esposa, como partícipe necesaria del delito y como autora del delito de falsificación de instrumento público.

Judicial14 de marzo de 2022
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El 6 de junio de 2020, se presentó una denuncia en la que daba cuenta de irregularidades del manejo de los fondos del municipio de Angastaco por parte del intendente saliente.

En el informe del relevamiento de información para la transición institucional en la Municipalidad de Angastaco, la AGPS detectó que la hostería municipal era administrada desde diciembre de 2017 por la esposa del entonces intendente, quien además fue designada Secretaria de Acción Social sin contrato de concesión.

Además, no había empleados registrados, y las cobranzas de las tarjetas se acreditaban en la cuenta personal de una billetera virtual de la mujer de ex intendente. Los cobros en efectivo tampoco eran registrados. 

Teniendo en cuenta que el Intendente tenía a su cargo la administración de la Hostería de la Municipalidad de Angastaco y de los gastos y percepción de los ingresos que genere, y tras haber designado a su esposa sin procedimiento acorde, como administradora y encargada de la hostería es que, el fiscal penal de delitos económicos Salinas Odorisio, decidió imputarlo por peculado y a su esposa como partícipe necesaria.

Por otra parte, la fiscal de la UDEC tomó la determinación de imputar también a la mujer por falsificación de instrumento público, ya que en su descargo del 7 de julio de 2022 presentó la Resolución 33/18 bis como prueba de su designación como encargada de la Hostería de la Municipalidad de Angastaco.

El instrumento público contaba en la parte superior con un escudo y la frase “Municipalidad de Angastaco – Salta-”, con idéntico formato que otras resoluciones municipales, y con una firma al pie –sin aclaración- supuestamente del ex intendente.

La Municipalidad de Angastaco informó que carece de registro de una resolución 33 bis, dado que en el Libro de Actas de Resoluciones se encuentran protocolizadas las Resoluciones N° 33/18 y N° 34/18 que datan con fecha 05/07/2018 y 06/07/2018 en los folios 75 y 76 respectivamente.

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