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Luego de idas y vueltas, el Gobierno avanzó este lunes con la reglamentación de una primera parte de la Ley Bases. El decreto puso en vigencia el capítulo de Reforma del Estado, que incluye la reorganización administrativa, las privatizaciones y los cambios en el empleo público. Cuál es el alcance de los puntos que se instrumentan a partir de hoy.
Con el objetivo de avanzar con las desregulaciones, el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y los ministros Luis Caputo y Federico Sturzenegger, rubricaron el decreto 695 que se publicó esta medianoche en el Boletín Oficial, mediante el que se dio forma a un primer bloque de artículos que componen la ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos.
“Ya se aprobó un decreto y en la semana se va a aprobar seguramente la implementación del capítulo del RIGI, pero ya se ha aprobado la reglamentación con el decreto y sobre todo, con el tema de los procedimientos administrativos y todas las normas que hacen a la desburocratización del Estado”, adelantó el jefe de Gabinete
Además, en declaraciones a Radio Mitre, el funcionario precisó que la reglamentación verá la luz este lunes. “Una vez que se publique en el Boletín Oficial, que será el lunes, ya se pone en vigencia, pero es el primer paso, de varios que vamos a ir dando sucesivamente”, afirmó.
Las palabras del titular de la Jefatura de Gabinete de Ministros llegaron apenas horas después de que el vocero presidencial, Manuel Adorni, publicara en redes sociales un anticipo de lo que vendrá. “Les recomiendo a todos que no se pierdan de leer el próximo Boletín Oficial de la República Argentina. Fin”, escribió en su cuenta de "X".
El mensaje de Adorni despertó una serie de especulaciones respecto a lo que podría esperarse para este lunes. Y fue el propio Francos quien despejó las dudas este sábado al aclarar que el Gobierno avanzará con una primera etapa de la reglamentación de la ley Bases, la primera normativa sancionada por el Congreso en la era Milei.
Los puntos de la primera etapa de la reglamentación de la ley Bases
La primera etapa de la reglamentación de la ley Bases incluye los artículos vinculados a la Reforma del Estado, que prevé un reordenamiento administrativo y cuanta con el apartado sobre las privatizaciones y las modificaciones implementadas a las normativas de empleo público.
La reglamentación del Título II denominado "Reforma del Estado", determina el alcance de la reorganización administrativa para modificar el funcionamiento del Estado y "lograr una gestión pública transparente, ágil, eficiente, eficaz y de calidad en la atención del bien común", "reducir el sobredimensionamiento de la estructura estatal a fin de disminuir el déficit" y asegurar el control interno.
La normativa habilita “la modificación o eliminación de las competencias, funciones o responsabilidades dispuestas legalmente cuyo mantenimiento resulte innecesario”, como también la “fusión, escisión, disolución total o parcial, o transferencia” de organismos dependientes del Poder Ejecutivo o entes descentralizados. Sin embargo, exceptúa de la misma al CONICET, el INTA, la Comisión de Actividades Espaciales (CONAE), la Comisión Nacional de Valores (CNV), la Unidad de Información Financiera (UIF), el SENASA, el CENARD, el Servicio Meteorológico, el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI), entre otros.
Respecto a las privatizaciones, el decreto cuanta con un anexo en el que se explicitan los detalles del alcance que tendrá la normativa respecto a las privatizaciones en forma total o parcial de Energía Argentina, Intercargo, AySA, Belgrano Cargas, Sociedad Operadora Ferroviaria (SOFSE) y Corredores Viales, Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA) y el Complejo Carbonífero, Ferroviario, Portuario y Energético a cargo de Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT).
Por último, la reglamentación de la ley Bases pone en marcha el nuevo esquema regulatorio del empleo público. El megaproyecto señala en el artículo 52 del Capítulo IV la modificación del artículo 11 del Anexo de la Ley N° 25.164 (Ley Marco) por la siguiente redacción: “El personal alcanzado por el régimen de estabilidad que resulte afectado por las medidas de reestructuración que comporten la supresión de órganos, organismos o de las funciones a ellos asignadas; o de reducción por encontrarse excedida, conforme surja del informe fundado del órgano competente en la materia, la dotación óptima necesaria, quedará, automáticamente, en situación de disponibilidad por un periodo máximo de hasta doce (12) meses, conforme lo establezca la reglamentación".
“Los agentes que se encontraren en situación de disponibilidad deberán recibir la capacitación que se les imparta; o desarrollar tareas en servicios tercerizados del Estado. Cumplido el término de disponibilidad, sin que el trabajador hubiera formalizado una nueva relación de trabajo, quedará automáticamente desvinculado de la Administración Pública nacional", indica el texto. Sin embargo, el trabajador tendrá derecho a percibir una indemnización.
De acuerdo a cifras a las que accedió Ámbito, la nueva regulación dejará en la mira del Gobierno a un total de 125.000 empleados que actualmente cuentan con estabilidad plena porque están bajo el amparo de la ley Marco y el artículo 14 bis de la Constitución Nacional. Sumados a los 55 mil de planta transitoria, el universo de empleados públicos en riesgo se elevaría a 180.000.
De las regulaciones previstas, queda pendiente de la primera mitad la reglamentación de las delegaciones de facultades en la que se declara la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un año y se delega en el Poder Ejecutivo nacional "las facultades dispuestas por la presente ley, vinculadas a materias determinadas de administración y de emergencia, en los términos del artículo 76 de la Constitución Nacional, con arreglo a las bases aquí establecidas y por el plazo dispuesto en el párrafo precedente".
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