Nación reglamentó los cambios en el recibo de sueldo: ¿Cuáles son las modificaciones?

La reglamentación también introduce cambios en el tratamiento del ausentismo por razones de salud.
 
01 de junio de 2026AV PrensaAV Prensa

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La entrada en vigencia del decreto 407 y la Ley de Modernización Laboral 27.802 introduce un cambio central para todos los trabajadores formales y empleadores de la Argentina: el recibo de sueldo será a partir de ahora más transparente y detallado. El nuevo modelo, que los empleadores deberán emitir en adelante, presenta una estructura y diseño completamente renovados, según consta en el Anexo III del decreto y en la información difundida por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.

El nuevo modelo: más información, más claridad

La principal novedad del recibo de sueldo radica en la inclusión obligatoria de un gráfico de torta que resume la composición total del costo laboral. Este elemento gráfico, nunca antes exigido en la documentación laboral argentina, busca transparentar los montos que el empleador paga por fuera del salario neto que percibe el trabajador. La información oficial sostiene que el objetivo es que empleados y empleadores visualicen, en un solo documento, todos los conceptos que integran el costo laboral mensual.

El gráfico debe mostrar, de manera agrupada, los rubros a cargo del empleador: sindical, seguridad social, obra social, INSSJP, ART, cámaras o entidades empresariales y otros. Cada uno de estos elementos debe figurar claramente identificado, con su porcentaje sobre el total del costo laboral, permitiendo así que cualquier persona entienda a simple vista cómo se distribuyen los aportes y contribuciones.

Estructura obligatoria: cuatro secciones bien diferenciadas

El nuevo recibo de sueldo, de acuerdo con el decreto, se divide en cuatro secciones diferenciadas y obligatorias:

1. Datos del empleador y del trabajador: Incluye información como el CUIT del empleador, el CUIL del trabajador, fecha de ingreso y antigüedad, categoría, y datos sobre cargas sociales.

2. Detalle de contribuciones y conceptos abonados: Se deben detallar todos los conceptos que el empleador paga por disposición legal o convencional.

3. Total de la remuneración bruta y deducciones: El recibo debe mostrar el monto bruto, la forma en que se determina y cada deducción aplicada.

4. Remuneración neta: Se informa el monto final que cobra el empleado.

Todos los conceptos deben consignarse con indicación clara de su base de cálculo, unidad de medida y monto resultante. Si existen sumas globales que abarcan a varios trabajadores, el empleador debe prorratearlas proporcionalmente y reflejarlas en cada recibo individual.

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Gráfico obligatorio: un cambio visual y conceptual

El gráfico de torta, que debe ubicarse en el anverso del recibo, constituye un cambio que excede lo meramente estético. Su función es mostrar, de manera sintética y visual, la composición total del costo laboral. Así, los trabajadores podrán ver qué porcentaje del costo que asume el empleador corresponde a aportes sindicales, seguridad social, obra social, INSSJP, ART, cámaras empresariales y otros conceptos. La medida apunta a que los empleados conozcan todos los aportes que integran su relación laboral, no solo aquellos que impactan en su bolsillo.

El modelo del recibo, incluido en el Anexo III del decreto, debe ser replicado por todos los empleadores. Cualquier recibo que omita el gráfico o no agrupe los conceptos de acuerdo a los rubros exigidos, se considerará fuera de norma. 

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