La Justicia rechazó un pedido de “Chiqui” Tapia para salir del país por 60 días

El juez Diego Amarante dispuso la medida en la causa que investiga la presunta retención indebida de aportes previsionales por $19.300 millones. En los próximos días, deberá definir la situación procesal del jefe de la AFA y del tesorero, Pablo Toviggino.
Judicial25 de marzo de 2026AV PrensaAV Prensa

La Justicia rechazó el pedido de Claudio "Chiqui" Tapia para salir del país por 60 días. (Foto: X @tapiachiqui)

La Justicia rechazó un pedido del presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio “Chiqui” Tapia, para salir del país durante 60 días. La medida la dispuso el magistrado Diego Amarante en la causa que investiga la retención de $19.300 millones en impuestos y aportes previsionales.

Los abogados de Tapia hicieron una presentación en este juzgado, que analizó el pedido y consideró que no correspondía otorgarle este permiso al jefe de la AFA que pretendía salir del país durante 60 días a un destino indeterminado. Desde el juzgado entendieron que no había datos concretos en el pedido elevado por Tapia.

Amarante consideró que “el análisis de las constancias acompañadas para sustentar el pedido permite concluir que las mismas no logran acreditar la necesidad ni la urgencia del mecanismo excepcional pretendido”.

https___thumbs.vodgc.net_1-14-vpy9X51774397905459-1774398119AFA: Se conoció un audio atribuido a un hombre cercano a Toviggino en el que explica cómo se desviaban fondos

El juez mencionó que la defensa de Tapia pidió en la presentación que se le autorizara al dirigente deportivo su salida por 60 días del país, a partir del próximo 20 de marzo, “oportunidad en la que vence el plazo para el cual ya ha sido autorizado bajo las condiciones y obligaciones oportunamente dispuestas”.

Mencionó que la defensa “invocó el derecho a entrar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional amparado por la Constitución Nacional y tratados internacionales, señalando que toda limitación a la libertad ambulatoria debe aplicarse con criterio restrictivo y proporcional”.

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