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Los ocho funcionarios del Servicio Penitenciario fueron hallados culpables. Los dos internos del penal y familiares de alojados en la UC1 recibieron penas de entre 1 y 9 años y 6 meses.
16 de octubre de 2025Luego de diez semanas de audiencias, los jueces Federico Diez, Paola Marocco y Javier Araníbar, de la Sala 7 del Tribunal de Juicio, dictaron veredicto respecto de los ocho funcionarios del Servicio Penitenciario, internos alojados en la Unidad Carcelaria 1 y familiares vinculados, acusados de integrar una organización narcocriminal que operaba desde el interior del penal.
El Tribunal impuso penas de entre 4 años y 6 meses y 10 años y 6 meses de prisión a los funcionarios penitenciarios; y penas de entre 1 y 9 años y 6 meses a los internos y familiares involucrados.
En su mayoría, las condenas se corresponden con lo solicitado por la Unidad Fiscal, integrada por el procurador General Pedro García Castiella y los fiscales Ana Inés Salinas Odorisio, Gustavo Torres Rubelt y Santiago López Soto, quienes sostuvieron que quedó acreditado que los acusados actuaron de manera organizada, con jerarquías y funciones definidas, para sostener un sistema criminal basado en dos fines centrales: la comercialización sistemática de estupefacientes dentro de la cárcel, aprovechando la vulnerabilidad de los internos, y la perpetración de exacciones ilegales.
Según la acusación, ambos delitos “reportaron un beneficio económico directo a los imputados y fueron posibles gracias a un apartamiento deliberado y constante de la normativa vigente”.
En su alegato final, el procurador general Pedro García Castiella resaltó la gravedad institucional del caso y la necesidad de garantizar la verdad real frente a los hechos investigados. Advirtió que la corrupción dentro del Servicio Penitenciario derivó en una vulneración sistemática de derechos humanos, al permitir que algunos funcionarios decidieran —mediante prácticas arbitrarias y extorsivas— quién sufría abusos y quién obtenía privilegios, desnaturalizando la función estatal de ejecución de las penas.
Sostuvo que estas conductas no sólo configuraron delitos económicos y contra la administración pública, sino que atentaron directamente contra la dignidad de las personas privadas de libertad, cuya protección constituye una obligación internacional del Estado. Finalmente, destacó que la organización ilícita contaba con jerarquías y roles definidos, con un funcionamiento persistente en el tiempo, y llamó a fortalecer los mecanismos de control institucional para evitar la reiteración de hechos de esta naturaleza.
Las penas:
Sergio Faustino Moya: Condenado a 10 años de prisión efectiva por considerarlo coautor de los delitos de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención y cometida por funcionarios encargados de la guarda de presos; autor de exacciones ilegales agravadas -concusión (3 hechos); y miembro de asociación ilícita, todo ello en concurso real.
Francisco Arturo Bisceglia: Condenado a 10 años y 6 meses de prisión de prisión efectiva por considerarlo coautor de los delitos de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención y cometida por funcionarios encargados de la guarda de presos; autor de exacciones ilegales agravadas -concusión (5 hechos); y miembro de asociación ilícita, todo ello en concurso real.
Luis Roberto Castaño: 6 años y 6 meses de prisión efectiva por considerarlo coautor penalmente responsable del delito de comercialización de estupefacientes agravado por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención y cometida por funcionarios encargados de la guarda de presos; y miembro de asociación ilícita, todo ello en concurso real.
Marcos Matías Bucotich García: 6 años de prisión efectiva por considerarlo coautor de los delitos de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención y cometida por funcionarios encargados de la guarda de presos; autor de de exacciones ilegales agravadas -concusión (1 hecho); miembro de asociación ilícita, todo ello en concurso real.
Raúl Antonio Arjona: 7 años de prisión efectiva por considerarlo coautor de los delitos de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención y cometida por funcionarios encargados de la guarda de presos; autor del delito de exacciones ilegales agravadas -concusión (1 hecho); miembro de asociación ilícita, todo ello en concurso real.
Marcelo Olguín Magno: 4 años y 6 meses de prisión efectiva por considerarlo autor de los delitos de exacciones ilegales agravadas -concusión (5 hechos); miembro de asociación ilícita, todo ello en concurso real.
Rubén Antonio Guaymás: 5 años de prisión efectiva por considerarlo autor del delito de exacciones ilegales agravadas (1 hecho), incumplimiento de los deberes de funcionario público (3 hechos) y miembro de asociación ilícita, todo ello en concurso real.
José Luis Alarcón: 8 años de prisión de cumplimiento efectivo por considerarlo autor de los delitos de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención y cometida por funcionarios encargados de la guarda de presos; autor de los delitos de exacciones ilegales agravadas -concusión (3 hechos); y miembro de asociación ilícita, todo ello en concurso real.
Baldomero Darío Córdoba: 2 años de prisión de ejecución condicional por considerarlo partícipe necesario del delito de exacciones ilegales agravadas.
Manuel Méndez: 9 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo por ser coautor de los delitos de comercialización de estupefacientes agravado por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención, y ser miembro de asociación ilícita; todo ello en concurso real. Por condena anterior de 10 años, se unificó en una única condena de 19 años y 6 meses. Fue declarado reincidente por primera vez.
María Inés Méndez: 9 años de prisión de cumplimiento efectivo por ser coautora de los delitos de comercialización de estupefacientes agravado por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención, y ser miembro de asociación ilícita; todo ello en concurso real.
Héctor Gustavo Banega: 8 años de prisión efectiva por ser coautor de los delitos de comercialización de estupefacientes agravado por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención, y ser miembro de asociación ilícita; todo ello en concurso real.
Ivana Marcela Gutiérrez: 6 años de prisión de cumplimiento efectivo por ser considerada coautora de los delitos de comercialización de estupefacientes agravado por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención, y ser miembro de asociación ilícita; todo ello en concurso real.
María Cristina Galindo: 6 años de prisión de cumplimiento efectivo por ser considerada coautora de los delitos de comercialización de estupefacientes agravado por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención.
Nicole Judith Ana Luna: 6 años de prisión de cumplimiento efectivo, bajo modalidad domiciliaria con consigna policial, por ser partícipe necesario de los delitos de comercialización de estupefacientes agravado por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención, y ser miembro de asociación ilícita; todo ello en concurso real.
Patricia Daiana del Rosario Flores: 4 años de prisión de cumplimiento efectivo por ser coautora de los delitos de comercialización de estupefacientes agravado por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención, y ser miembro de asociación ilícita; todo ello en concurso real.
Andrea Abigail Alba: 1 año de prisión de ejecución condicional por ser considerada autora de tenencia simple de estupefacientes. Por condena anterior de 7 años y 2 meses, se unificó en una única condena a 8 años y 2 meses de prisión.
En cuanto a Josué Joel Valencia y Silvana Valeria Avendaño, la Fiscalía había retirado la acusación.
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