Fallo histórico en Santa Fe: Un tío deberá pagar la cuota alimentaria de sus sobrinos

La resolución fue realizada por la Justicia de Familia de San Lorenzo, en Santa Fe. La madre de los niños estaba criando en soledad, según indicó su abogado.

11 de septiembre de 2025AA PRENSAAA PRENSA
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La Justicia de Familia de San Lorenzo, en Santa Fe, emitió un fallo al ordenarle a un tío paterno pagar la cuota alimentaria de sus sobrinos debido a la falta de cumplimiento por parte del padre. La medida se sustenta en el principio de solidaridad familiar.

La resolución fue realizada por el juez Marcelo Escola, quien contó que el caso tuvo sus inicios tras el divorcio en 2023. Allí se había fijado la cuota alimentaria a cargo del progenitor.

Sin embargo, el hombre, quien en un principio tenía un trabajo formal, nunca cumplió con esa obligación y, posteriormente, se insolventó, es decir, se mostró en incapacidad para pagar las deudas y obligaciones económicas. Aún así, continuó trabajando de manera no registrada.

El juez Escola, frente a esta situación, tomó las palabras del abogado de la madre de los niños. Este indicó que la mujer ahora tiene que maternar en soledad.

"Muchas veces se solventa con la venta de comida o manualidades para generar unos pocos pesos y llegar a cubrir los gastos del niño y una joven que tienen distintos tipos de incapacidad”, dijo el abogado según informaron medios locales.

En qué consistió el fallo que realizó el juez en Santa Fe

Considerando todo el escenario, el juez contó que se presentó una medida cautelar “atento a que las necesidades alimentarias de los hijos son impostergables y ante la falta de recursos por parte de la madre”, que los tiene a su cuidado.


De esta manera, el tribunal dictaminó que, tras acreditar el incumplimiento del progenitor, “se haga extensiva la obligación hacia quien esté en mejor situación”, en este caso el tío paterno.

En esa línea, el fallo indica que la cuota alimentaria provisoria consiste en el 125% de la canasta de crianza de menores de 6 a 12 años, 30% del aguinaldo, asignación familiar, obra social y gastos extraordinarios.

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