Empleadas de casas particulares cobrarán un 7 por ciento de aumento de sueldo

El gremio acordó un 7% para el sexto mes del año; cuáles son los montos según la categoría y la modalidad de empleo

03 de junio de 2024 AA Prensa AA Prensa
QtA8SK5fb_2000x1500__1

Los trabajadores del servicio doméstico recibirán en su sueldo de junio de 2024 un aumento del 7%, correspondiente a mayo, que significa la segunda entrega de la actualización bimestral del período abril-mayo. Este porcentaje forma parte del más reciente acuerdo paritario entre la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares y los gremios del sector por un total del 18%, cuyo 11% se abonó el mes pasado.

Esta actualización impacta en el salario del personal de tareas generales, que constituye la quinta categoría y abarca a las empleadas domésticas, es decir, a quienes se dedican a la prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas.

El cuadro final con las tarifas establecidas figura en la resolución 3/2024, publicada en el Boletín Oficial. De esta manera, el acuerdo quedó homologado por la Secretaría de Trabajo, y se conocen los nuevos valores mensuales y por hora para cada trabajador del rubro, que sirven de referencia para todas las contrataciones, según la categoría.

Sueldo por hora de las empleadas domésticas en junio 2024

Con este reajuste a las personas que realizan tareas generales en casas particulares y están contratadas por horas o por jornada les corresponde los siguientes montos:

  • Por hora con retiro: $2322
  • Por hora sin retiro: $2504

Estos valores sirven de referencia para quienes trabajen para un mismo empleador menos de 24 horas semanales.

Sueldo mensual de las empleadas domésticas en junio 2024

En junio, quienes trabajen con un esquema mensual cobrarán los siguientes montos, correspondientes al trabajo realizado en mayo:

  • Mensual con retiro: $284.794
  • Mensual sin retiro: $316.688

Estas cifras están destinadas a los trabajadores comprendidos en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844, que trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador, en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas.

Los valores precedentes responden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá además abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.

Qué datos se necesitan para inscribir en AFIP a las empleadas domésticas
Antes de iniciar la inscripción y dar de alta la relación laboral, el empleador necesita conocer ciertos datos del trabajador:

  • N° de CUIL
  • Nombre y apellido
  • Fecha de nacimiento
  • Domicilio real
  • Obra social (si no tiene obra social, el sistema por defecto le asignará la Obra Social del Personal de Casas Particulares)
  • Si es o no una persona jubilada
  • CBU (en caso de ya estar bancarizada)
  • Número telefónico
  • Correo electrónico

La inscripción del empleado se puede anular hasta las 23.59 del día de su registro. Durante ese tiempo, está disponible la opción “Anular” dentro de la tarjeta de esa relación en el inicio. Sin embargo, pasado ese horario, el trámite es presencial en cualquier oficina de la AFIP.

Cómo se calcula la antigüedad del servicio doméstico

Para poder sacar cuánto le corresponde a la empleada doméstica, se deberá calcular el 1 por ciento por cada año trabajado. A los fines del cálculo, se deberá considerar la antigüedad desde el 1° de septiembre de 2020 y se calculará sin efecto retroactivo.

Esta liquidación es generalizada, lo que quiere decir, que el pago de este dinero adicional abarca a todas las relaciones laborales vigentes del servicio doméstico. Debe estar incluido como un nuevo ítem en los recibos de sueldo para facilitar su identificación.

Ranking

Suscríbete al newsletter para recibir periódicamente las novedades en tu email