
Suma fija de $60.000: a quiénes les corresponde y cuándo se pagará
FR prensa 4
El ministro de Economía, Sergio Massa, anunció una serie de medidas para reducir el impacto de la devaluación en los ingresos de los trabajadores, jubilados y beneficiarios de la AUH y otras asignaciones que paga la ANSES.
El Gobierno informó que dispuso una suma fija destinada tanto a trabajadores del sector público como a trabajadores del sector privado. Según explicó Massa, será de la siguiente forma:
- Serán $60.000 que se pagarán en dos cuotas de $30.000 cada una
- Las cuotas se otorgarán en septiembre y octubre.
- Será una suma no remunerativa y se otorgará por única vez, absorbible por las paritarias.
- La recibirán los trabajadores que tengan salarios netos (de bolsillo) de hasta $400.000 mensuales.
- En el caso de los trabajadores privados, el Estado asume el costo mediante al pago a cuenta de contribuciones de Micro (100%) y Pequeñas Empresas (50%).
Suma fija para trabajadores públicos y privados: de cuánto será
El monto de la suma fija que anunció el Gobierno es de $60.000 y se abonará en dos cuotas. Lo recibirán los trabajadores tanto del sector público como del sector privado.
Quiénes cobrarán la suma fija que anunció Sergio Massa
La suma fija que anunció el Gobierno está destinado a los:
- Trabajadores del sector público.
- Trabajadores del sector privado.
- Suma fija: cómo podrán financiarla las pymes
Según lo que explicó Massa en sus redes, el Estado va a financiar el 50% o el 100% -de acuerdo a si son PyME o MicroPyME- la medida de suma fija para los trabajadores, descontándolo de las contribuciones patronales.
“También vamos a ampliar la línea de crédito con incremento de bonificación de tasa para la línea CREAR. Y pondremos en marcha el Legajo Único Financiero para mejorar el acceso al crédito de las PyMEs y que en cada banco puedan usar la misma carpeta”, indicó el ministro de Economía.
Las empresas que tengan más de 100 o 110 trabajadores, dependiendo el sector, deberán asumir por sí mismas el bono.
El pago a abonar en septiembre tiene que acreditarse dentro de los 15 días hábiles al inicio del mes. “Sabemos que en muchas empresas el proceso de liquidación de sueldos está en marcha o se ha realizado. En esos casos deberán hacerlo por la vía de un recibo complementario”, aclaró
El pago de septiembre debe abonarse con los sueldos de ese mes durante octubre.





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