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title: "Por unanimidad, el Senado aprobó el proyecto de protección para niños con cáncer"
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description: "La nueva ley estipula cobertura económica y una serie de beneficios para las familias más vulnerables mientras dure el tratamiento de la enfermedad."
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date_published: "2022-07-01T07:16:00-03:00"
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tags:
  - "aprobacion"
  - "nacional"
  - "niños con cancer"
  - "nueva ley"
  - "oncopediatria"
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author_name: "AV Prensa"
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# Por unanimidad, el Senado aprobó el proyecto de protección para niños con cáncer

![1656642437508](/download/multimedia.normal.be4075c4b29ffc81.313635363634323433373530385f6e6f726d616c2e77656270.webp)

Una ley que **obliga a las obras sociales y prepagas a dar una cobertura total para la atención de niños, niñas y adolescentes con cáncer y al Estado Nacional a dar una asistencia económica a las familias fue aprobada anoche por unanimidad en el Senado de la Nación.**

La norma, que crea un programa integral para reducir la morbimortalidad, fue aprobada por 64 a 0, en un recinto cuyas gradas estuvieron colmadas por familias de niños con la enfermedad que aplaudieron cuando se llevó a cabo la votación.

El dictamen especifica que **el Sistema Público de Salud, las obras sociales y las prepagas deberán brindar al niño, niña y adolescente con cáncer una cobertura del ciento por ciento en las prestaciones para las prácticas de prevención, promoción, diagnóstico, terapéutica y todas aquellas tecnologías que pudieran estar directa o indirectamente relacionadas con el diagnóstico oncológico.**

También se determina -además- que el **Estado nacional deberá otorgar una asistencia económica equivalente al monto de la Asignación Universal por Hijo con discapacidad.**

**![30-06-2022_el_programa_nacional_de_cuidado (1)](http://bieninformados.com.ar/download/multimedia.normal.8067dd5be5938940.33302d30362d323032325f656c5f70726f6772616d615f6e6163696f6e616c5f5f6e6f726d616c2e77656270.webp)**

La nueva norma establece la **obligatoriedad de elaborar lineamientos programáticos y guías de práctica para la detección, diagnóstico y tratamiento y asistir a los centros oncológicos**para que brinden una atención de calidad que respete todos los derechos de los niños, niñas y adolescentes con cáncer.

Además propone **difundir y capacitar en estrategias para optimizar el diagnóstico precoz en cáncer infantil**, así como gestionar el funcionamiento de la red de los centros oncológicos que atienden a dichos pacientes a nivel nacional.

Por otro lado, busca **capacitar a los equipos de salud** a través del Programa de Becas de Capacitación de Recursos Humanos en Cáncer, y realizar un seguimiento y cuidado clínico post tratamiento oncológico.

![oncopediatriajpeg](http://bieninformados.com.ar/download/multimedia.normal.a7dbc090f64284dc.6f6e636f7065646961747269616a7065675f6e6f726d616c2e77656270.webp)

Mientras dure el tratamiento, la autoridad de aplicación, a través del organismo que corresponda, debe **otorgar a los niños, niñas y adolescentes con cáncer estacionamiento prioritario en zonas reservadas y señalizadas para los vehículos que los trasladen.**

También **gratuidad en la utilización del transporte público y transporte colectivo terrestre** de acuerdo a lo establecido por la ley de protección integral de las personas con discapacidad y, para los pacientes con familias en situación de vulnerabilidad social, se adoptarán planes y otras medidas de asistencia.

También se deberá **garantizar el acceso a una vivienda adecuada o la adaptación de la vivienda familiar a las exigencias que su condición les demande.**

**![20630520-SDARC-231155](http://bieninformados.com.ar/download/multimedia.normal.8d80eef8209487d3.32303633303532302d53444152432d3233313135355f6e6f726d616c2e77656270.webp)**

En caso de tratarse de **niños, niñas o adolescentes con tratamiento ambulatorio y deban trasladarse y permanecer junto a su grupo familiar a más de 100 kilómetros de su lugar de residencia** se garantizará a la familia el acceso a un subsidio habitacional para afrontar los gastos de locación de vivienda.

Además uno de los **progenitores o representantes legales de un niño, niña o adolescente que padezca cáncer tendrá licencias especiales sin goce de haberes**durante el plazo que figure en la prescripción del médico tratante del paciente oncopediátrico.

Durante la licencia, **la persona en relación de dependencia percibirá de la ANSES las asignaciones correspondientes y una suma igual a la retribución que le corresponda al período de licencia.**

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